Teléfono
Horario
Lunes a viernes:
de 9:00 h. a 14:00 h.

SUBVENCIONES Y AYUDAS

3.04.- SUBVENCIÓN  POR LA ASISTENCIA  A ACTIVIDADES MUSICALES Y DANZA NO OFRECIDOS POR EL AYUNTAMIENTO DE AYALA.

CUESTIÓN

CONTENIDOS

Qué es

En qué consiste

Concesión de subvenciones municipales anuales a las familias destinadas a sufragar los gastos por asistencia a actividades musicales y danza que no se prestan en el municipio de Ayala y se presten por alguno de los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco (actividades ofertadas directamente por los ayuntamientos u organismos dependientes).

Quién lo puede solicitar

Las personas beneficiarias serán los que estén empadronados en el municipio de Ayala desde al menos un periodo no interrumpido de seis meses anteriores a la fecha de inicio de la actividad a subvencionar.

La persona solicitante de la ayuda deberá cumplir los siguientes requisitos:

-       Estar empadronado/a en el municipio de Ayala  desde al menos un periodo no interrumpido de seis meses anteriores a la fecha de inicio de la actividad a subvencionar.

-       Hallarse al corriente de los pagos de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Foral y la Seguridad Social y de los pagos con las arcas municipales del Ayuntamiento de Ayala.

Documentación a aportar

-       Impreso de "3.04 Solicitud de subvención por la asistencia  a actividades de música y danza" debidamente cumplimentada. (Anexo I).

-       Copia del DNI del solicitante.

-        copia del Libro de Familia comprensiva de los datos del solicitante y del menor beneficiario o Resolución que le otorgue la tutela legal del menor.

-        Justificante bancario original de pago por la realización de la actividad o copia del recibo correspondiente o certificado de la entidad que indique que el beneficiario ha satisfecho todas las cuotas por las que se solicita la subvención.

-        Certificado del centro en el que se realiza la actividad que indique fecha de inicio y fin de la actividad, número de horas impartidas y asistidas y coste de la actividad.

-       Declaración jurada sobre la existencia o no de otras peticiones de subvención y, en su caso, copia de la petición. Si la petición ha recibido respuesta, copia de la resolución indicando la cantidad concedida o si ha sido denegada. (Anexo II).

-       Declaración de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones relativas al solicitante y beneficiario (Anexo III).

-       Certificado acreditativo de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y Hacienda o autorización firmada por el solicitante para que el Ayuntamiento de Ayala los solicite (Anexo IV).

-       Certificado del Ayuntamiento del municipio en el que se realiza la actividad comprensiva de la tarifa que se debe abonar por la realización de la actividad indicando la diferencia a pagar para empadronados y no empadronados.

-       Impreso "0.02 Escrito de Representación", en caso de no tratarse del interesado/a. El/la representante deberá presentar original de su documento de identificación y original o copia del documento de identificación del interesado.

Dónde se tramita

- Presencialmente:

Oficinas del Ayuntamiento: Servicio de Atención Ciudadana:

Bº La Iglesia, nº. 3 - Respaldiza.

Horario: de lunes a viernes de 09:00h. a 14:00h.

Oficina de atención de Luiaondo:

C/ La Torre, nº.  27 Bajo - Luiaondo.

Horario: Lunes de 09:00h. a 12:00h.

              Miércoles, de 12:00h. a 15:00 h.

- Telemáticamente: Sede electrónica, mediante certificado digital.

Obligaciones económicas

-        Gratuito

 

Plazo del proceso o de la resolución

-       Plazo de presentación de las solicitudes:  El plazo para la presentación de solicitudes será el establecido en las bases anuales de la convocatoria, que serán publicadas en el BOTHA.

-        Plazo estimado: dos meses

-       Plazo máximo de resolución: cinco meses desde que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

-       Efectos del silencio administrativo: negativo

Procedimiento a seguir después de la recepción

-        Recoger la solicitud, sellar y entregar copia  a la persona solicitante..

-        Valoración de las solicitudes de acuerdo con los criterios establecidos en la Ordenanza.

Resumen de trámites posteriores

-        Resolución de Alcaldía u órgano en quien delegue.

-        Notificación de la Resolución al solicitante.

-        Archivo de la documentación.

Observaciones

-       Cuantía de la ayuda: 100% de la diferencia entre las tarifas que el Ayuntamiento u organismo dependiente aplique a los empadronados de su municipio y al beneficiario.

-       En caso de que un solicitante tenga a su cargo dos o más menores beneficiarios por los que va a solicitar la subvención deberá presentar una única solicitud por todos los menores aportando la documentación requerida para cada uno de los menores beneficiarios.

-       En caso de que el menor beneficiario realice más de una actividad subvencionable, se deberá presentar una única solicitud indicando las actividades que realiza y toda la documentación relativa a cada una de ellas.

-       Información y tramitación de solicitudes: Toda la información relativa a la convocatoria estará disponible en la página web municipal www.aiarakoudala.eus.

-       El Ayuntamiento podrá recabar a las entidades solicitantes cuantas aclaraciones estime oportunas para la mejor valoración de la solicitud presentada.

-       Si la solicitud no estuviera debidamente formalizada o faltara algún dato o documento, se requerirá a la persona o entidad solicitante para subsanar las deficiencias en el plazo de 10 días hábiles, indicándole que, si no lo hiciese, se archivará la solicitud sin más trámite

Documentos auxiliares

-       Impreso de "3.04 Solicitud de subvención por la asistencia  a actividades de música y danza"

-       Impreso "0.02 Escrito de Representación"

Aprobación

-       Alcaldía

Unidad Responsable

-        Secretaría

Vigencia

-          Hasta la modificación de la correspondiente legislación en la materia.

Marco Legal

-          Ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones municipales aprobada por el Ayuntamiento de Ayala.

-          Ordenanza Reguladora de la concesión de ayudas a familias por la asistencia

a actividades musicales y danza que no sean ofrecidas por el Ayuntamiento de Ayala..

-          Norma Foral  3/1997, de 7 de febrero de subvenciones y transferencias en el Territorio Histórico de Álava.

-          Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones.

-          Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones.

Dirección
Barrio La Iglesia, nº 3
01476 · Respaldiza (Álava)
Teléfono
Horario
Lunes a viernes:
de 9:00 h. a 14:00 h.
Fax
+34 945 39 93 31