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PERMISOS

5.02.- LICENCIA PARA TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS (APP)

CUESTIÓN

CONTENIDOS

Qué es

En qué consiste

Solicitud de obtención o renovación de la  licencia para la tenencia de  animales potencialmente peligrosos.

Quién lo puede solicitar

Personas mayores de 18 años residentes en Ayala y/o su representante legal, siempre que cumplan los requisitos contemplados en la legislación sobre la materia.

Documentación a aportar

Se deberá presentar:

-        Impreso de "5.02.01 Solicitud de licencia para tenencia de animales potencialmente peligrosos" normalizado debidamente cumplimentado.

-        DNI, pasaporte o permiso de residencia original y en vigor de quien lo solicita.

-        Dos (2) fotografías de tamaño carné.

-        Certificado negativo de antecedentes penales expedido por la Subdelegación del Gobierno (El Ayuntamiento facilitará el impreso y  lo solicitará, previa autorización del interesado). "5.02.02 Solicitud de certificado de antecedentes penales".

-        Certificado de capacidad física y capacidad psicológica, expedido por un centro de reconocimiento autorizado en los doce meses anteriores a la fecha de solicitud de licencia.

-        Póliza de seguro de responsabilidad civil con una cobertura  no inferior a  120.000 euros  y el recibo correspondiente de pago de la póliza.

-        Hoja de registro de la especie canina. (Será facilitado por el veterinario). Si no se entrega con esta solicitud, deberá entregarse en los 15 días siguientes a la fecha de obtención de la licencia.

-        Declaración jurada manifestando no haber sido sancionado/a por infracción grave ni muy grave con algunas de las sanciones de las previstas en el apartado 3 del artículo 13 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos (según modelo oficial que será facilitado por el Ayuntamiento. “5.02.03 Declaración jurada”.

-        Impreso "0.02 Escrito de Representación", en caso de no tratarse del interesado/a.

Dónde se tramita

- Presencialmente:

Oficinas del Ayuntamiento: Servicio de Atención Ciudadana:

Bº La Iglesia, nº. 3 - Respaldiza.

Horario: de lunes a viernes de 09:00h. a 14:00h.

Oficina de atención de Luiaondo:

C/ La Torre, nº.  27 Bajo - Luiaondo.

Horario: Lunes de 09:00h. a 12:00h.      Miércoles, de 12:00h. a 15:00 h.

Obligaciones económicas

-        Gratuito

 

Plazo del proceso o de la resolución

-       Plazo estimado: un mes.

-       Plazo máximo de resolución: tres meses.

Procedimiento a seguir después de la recepción

-        Recoger la solicitud, registrar y entregar copia  a la persona solicitante.

-        Comprobar la documentación presentada.

-        Solicitar a la Subdelegación del Gobierno  el preceptivo certificado de antecedentes penales (Fax: 94-424 38 88).

Resumen de trámites posteriores

-        Emisión del Decreto de Alcaldía concediendo la licencia y otorgando el número correspondiente según normativa.

-        Expedición de la tarjeta de licencia.

-        Entrega de la tarjeta y Decreto de Alcaldía a la persona solicitante, informándole, en su caso, del trámite a seguir para el registro del animal en el Registro de perros potencialmente peligrosos del Ayuntamiento de Ayala. (Ver Trámite: Registro de Animales Potencialmente Peligrosos).

-        Remisión de copia del expediente al Registro General de Identificación de Animales de la CAPV (REGIA). (GOBIERNO VASCO.- Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad. C/ Donostia-San Sebastián, 1.- 01010 VITORIA-GASTEIZ.- ALAVA).

-         Archivo del expediente.

Observaciones

-        Una vez obtenida la citada licencia, la pesona titular dispone de 15 días para inscribir al animal en el citado Registro Municipal de APP.

-        Es posible la obtención de la Licencia Administrativa para la tenencia de APP sin que la persona titular al que se le expide posea un animal de este tipo (segundos/as cuidadores/as del animal, etc.) En cualquier caso, será necesario que toda persona que vaya a encargarse del cuidado, paseo o manejo del animal, posea su correspondiente licencia personal.

-        La Licencia para la tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos tendrá un período de validez de cinco años, tras el cual habrá de ser renovada..

-        Cualquier variación de los datos que figuran en la licencia deberá ser comunicada por su titular en el plazo de 15 días al órgano competente del municipio.

-        Asimismo, el Ayuntamiento notificará a REGIA las licencias otorgadas.

-        La persona propietaria de un PPP deberá comunicar, en el plazo de 5 días, al Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos cualquier variación respecto a los datos obrantes en el mismo. En el caso de sustracción o pérdida habrá que ser comunicada en el plazo máximo de 48 horas desde que tenga conocimiento de los hechos, y cuando se trate de incidentes de agresión, la comunicación deberá de ser inmediata. Todos estos cambios también deberán ser comunicados a REGIA

-        Será necesaria la obtención de la correspondiente Licencia para tenencia de APP en el caso de que el animal que se posea esté incluido entre las siguientes razas:

·                Pit Bull Terrier

·                Staffordshire Bull Terrier

·                American Staffordshire Terrier

·                Rottweiler

·                Dogo argentino

·                Fila Brasileiro

·                Tosa Inu

·                Akita Inu

-        De igual manera, será necesaria la obtención de esta Licencia en el caso de que el animal posea unas características que se correspondan con todas o la mayoría de las que figuran en el Anexo II del R.D. 101/2004, de 1 de junio, sobre tenencia de animales de la especie canina en la C.A.V.

Documentos auxiliares

-       Impreso de "5.02.01 Solicitud de licencia para tenencia de animales potencialmente peligrosos" normalizado.

-        Impreso de "5.02.02 Solicitud de certificado de antecedentes penales".

-       Impreso de “5.02.03 Declaración jurada”

-       Impreso "0.02 Escrito de Representación"

-       Tarjeta de Licencia.

Aprobación

-       Alcaldía

Unidad Responsable

-        Secretaría

Vigencia

-          Hasta la modificación de la correspondiente legislación en la materia.

Marco Legal

-        Ley 50/1999 de 23 de Diciembre sobre tenencia de animales potencialmente peligrosos.

-       Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos

-       Decreto  101/2004, de 01 de junio, sobre tenencia de animales de especie canina en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

-        Ley 6/1993, de 29 de octubre, de Protección de los Animales.

Dirección
Barrio La Iglesia, nº 3
01476 · Respaldiza (Álava)
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Fax
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