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PADRON  MUNICIPAL DE HABITANTES

1.11.- RECLAMACIONES AL CENSO ELECTORAL

CUESTIÓN

CONTENIDOS

Qué es

En qué consiste

 Es la reclamación al Censo Electoral, poniendo de manifiesto la exclusión o inclusión

 incorrecta o los datos erróneos de la persona electora.

Quién lo puede solicitar

 Todos/as los/as vecinos/as del municipio que reúnan los requisitos para ser elector/a.

Documentación a aportar

Se deberá presentar:

-        Impreso de reclamación: El modelo de solicitud se obtiene del programa informático de gestión del Censo Electoral en cada proceso electoral.

-        DNI, pasaporte, permiso de conducir o permiso de residencia, según proceda, original  y en vigor.

Dónde se tramita

- Presencialmente:

Oficinas del Ayuntamiento: Servicio de Atención Ciudadana:

Bº La Iglesia, nº. 3 - Respaldiza.

Horario: de lunes a viernes de 09:00h. a 14:00h.

Oficina de atención de Luiaondo:

C/ La Torre, nº.  27 Bajo - Luiaondo.

Horario: Lunes de 09:00h. a 12:00h. /   Miércoles, de 12:00h. a 15:00 h.

Obligaciones económicas

Gratuito.

Plazo del proceso o de la resolución

  Una vez presentada la reclamación, esta será resuelta por la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, en un plazo de 5 días a contar desde su recepción, notificando la resolución a cada uno de los reclamantes.

  Este plazo se reduce a 3 días cuando se convocan procesos electorales y la reclamación se efectúa durante el periodo de exposición del Censo Electoral.

Procedimiento a seguir después de la recepción

-          Envío a la Oficina del Censo Electoral..

-          Aprobación por la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral.

Resumen de trámites posteriores

No procede.

Observaciones

-        Si existe un proceso electoral abierto, la Oficina del Censo Electoral resuelve en un plazo máximo de 7 días, comunicándolo a la persona electora y al Ayuntamiento e incluyéndolo en el Censo.

-        Cuando hay convocadas elecciones, para que la reclamación tenga efectos en dicha convocatoria electoral la reclamación ha de presentarse dentro del plazo de exposición al público del censo electoral.

-        Este trámite se puede realizar también en las Oficinas del INE. La reclamación la resuelve en todo caso el INE.

-        Fuera del período electoral: Las personas electoras con certificado electrónico podrán comprobar por Internet sus datos de inscripción en el censo electoral vigente en el momento de la consulta.

Documentos auxiliares

 

Aprobación

 

Unidad Responsable

-          Secretaría

Vigencia

-          Hasta la modificación de la correspondiente legislación en la materia.

Marco Legal

-      Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio del Régimen Electoral General, modificada por la ley Orgánica 2/2011, de 28 de enero (BOE Nº 147 de 20/06/85).

-      Resolución de 12/03/2014 de la Oficina del Censo Electoral (BOE 76/2014, de 28 marzo 2014).

Dirección
Barrio La Iglesia, nº 3
01476 · Respaldiza (Álava)
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Fax
+34 945 39 93 31