Plazo:
- INSCRITO EN EL REGISTRO CIVIL DE AYALA: Inmediato. Se obtiene en el mismo momento de solicitarlo.
- INSCRITO EN OTRO REGISTRO CIVIL: El tiempo que tarde en recibirse por correo del otro Registro Civil.
Persona que puede solicitarlo: Cualquier persona, el Registro Civil es público, excepto las causas de publicidad restringida del art. 21 del Reglamento del Registro Civil (adopción, hijo no matrimonial, rectificación de sexo, etc ) debiendo, para su expedición, solicitarla el propio inscrito, ó los interesados legítimos del art. 22 Reglamento del Registro Civil.
Documentación: DNI del solicitante.
Observaciones: La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta resolución de la autorización.
Solicitud On-line: www.justizia.eus