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SERVICIOS SOCIALES

6.2.- DISCAPACIDAD

 

6.2.2.- SOLICITUD  DE TARJETA ACREDITATIVA  DE  DISCAPACIDAD

CUESTIÓN

CONTENIDOS

Qué es

En qué consiste

La tarjeta acreditativa de la discapacidad tiene por objeto dar testimonio fehaciente de la presencia de discapacidad en la persona titular, sin perjuicio de la resolución expedida por el órgano competente sobre el grado de discapacidad.

La tarjeta de discapacidad es un documento personal e intransferible que acredita a la persona titular de la misma el grado de discapacidad reconocido.

Siempre se presentará acompañada del documento de identidad correspondiente (D.N.I. o N.I.E. o en el caso de las personas extranjeras intracomunitarias, Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión.), garantizando,  de  este  modo,  a  la  persona  titular  de  la  tarjeta,  los derechos que se derivan de contar con el certificado de grado de discapacidad.

La tarjeta acreditativa determinará la vigencia que se exprese en la resolución,  pudiendo  ser  indefinida,  o  con  indicación  de  la  fecha  de validez en caso de que la valoración sea provisional.

Quién lo puede solicitar

-         Las   personas   residentes   en   el   Territorio   Histórico   de   Álava   y empadronadas en el municipio de Ayala en el momento de la solicitud, que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 % y que sean poseedoras del documento de identidad correspondiente,  en vigor.

Documentación a aportar

-         La documentación a aportar, en su caso, será la siguiente:

-         SOLICITUD DE TARJETA ACREDITATIVA DE LA DISCAPACIDAD.

-         Fotocopia del D.N.I. ó  N.I.E., en vigor.

-         En el caso de las personas extranjeras intracomunitarias, Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión.

Documentos auxiliares

-          SOLICITUD TARJETA ACREDITATIVA DE LA DISCAPACIDAD

Dónde se tramita

- Presencialmente:

Oficinas del Ayuntamiento de Ayala: Servicios Sociales de Base.

Bº La Iglesia, nº. 3 -  Respaldiza.

Lunes, previa  cita (683 114 555 / 945 399 013)

Oficina de atención de Luiaondo:

C/ La Torre, nº.  27 Bajo - Luiaondo.

Viernes, previa cita (683 114 555 / 945 393 332)

- Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Obligaciones económicas

-          El coste de la gestión se asume por el Ayuntamiento.

 

Plazo del proceso o de la resolución

-          Plazo estimado: el máximo legal establecido.

-          Plazo máximo legal: Seis meses.

-          Efectos de la no respuesta en plazo: No procede.

Normativa Aplicable

-         Orden  Foral  19/2011,  de  25  de  febrero,  de  creación  de  la  Tarjeta Acreditativa de la Discapacidad. BOTHA nº 28, lunes 7 de marzo de 2011.

-         Decreto Foral 36/2014, del Consejo de Diputados de 22 de julio, que regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia, la calificación de discapacidad, la existencia de trastornos del desarrollo o del riesgo de padecerlo y el derecho y procedimiento de acceso en tales condiciones a los servicios y prestaciones económicas de Servicios Sociales en Álava BOTHA nº 98 de 1/09/2014.

Procedimiento tras la solicitud

-          En caso de que la misma se presente en los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Ayala:

-          Recogida, comprobación y registro de entrada.

-          Dar salida a la solicitud y remitir al Instituto Foral de Bienestar Social para su tramitación.

-           Archivo  de  copia  de  la  solicitud  en    expediente  de  la  persona solicitante.

Trámites posteriores

-          Entrada en el Centro de Valoración y Orientación de Minusvalías del Instituto Foral de Bienestar Social.

-          Remisión por correo de la  tarjeta en su domicilio habitual en el siguiente envío de tarjetas que se efectúe por el Instituto Foral de Bienestar Social.

Observaciones

-          La tarjeta acreditativa del grado de discapacidad se expedirá de oficio a todas aquellas personas a quienes les haya sido reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

-          Reexpedición por modificación del grado de discapacidad o por modificación de los datos personales de la persona usuaria:

-          Cuando se modifique el grado de discapacidad reconocido a la persona titular  de una tarjeta y el nuevo grado de discapacidad reconocido resulte inferior al 33 %, la persona titular deberá devolver la tarjeta en el plazo de 10 días desde que se le requiera para su cancelación.

-          Cuando, por  el  contrario,  el  grado  de  discapacidad  reconocido aumente a uno superior al 33 %, se emitirá una nueva tarjeta en la que figuren los datos actualizados, una vez que la persona beneficiaria devuelva la tarjeta anterior

-          En el caso de que la persona usuaria detectase algún error en sus datos personales, deberá solicitar la expedición de una nueva tarjeta que modifique dicha información. Previamente a la obtención de la nueva tarjeta, deberá entregar la que contiene datos erróneos.

-           Solicitud de duplicado de tarjeta. La persona beneficiaria que requiera una nueva tarjeta por pérdida, robo o deterioro podrá solicitarla cumplimentando la solicitud arriba indicada, por los medios arriba señalados.

-          En el caso de que la solicitud sea como consecuencia de robo de tarjeta, habrá de acompañarse de la correspondiente denuncia.

-          En  tanto  en  cuanto  no  dispongan  de la Tarjeta  acreditativa  de  la Discapacidad,  será  Certificado  del  Grado  de  Discapacidad  el  que habrán de presentar para acreditar la misma.

Unidad Responsable

-         Instituto Foral de Bienestar Social.

Dirección
Barrio La Iglesia, nº 3
01476 · Respaldiza (Álava)
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Fax
+34 945 39 93 31