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INFORMACIÓN PÚBLICA

8.06.- CONSULTAS Y CERTIFICACIONES DEL CATASTRO

CUESTIÓN

CONTENIDOS

Qué es

En qué consiste

La consulta del catastro consiste en el examen y búsqueda de datos catastrales no protegidos (incluida la cartografía catastral) que constan en la Base de Datos del Servicio de Catastro .

Tienen la consideración de datos protegidos el nombre, apellidos, razón social, código de identificación y domicilio de quienes figuren inscritos en el Catastro Inmobiliario como titulares, así como el valor catastral y los valores catastrales de suelo y, en su caso, de la construcción de los bienes inmuebles individualizados.

La persona titular podrá solicitar certificado de bienes inmuebles de naturaleza rústica y urbana a su nombre.

Las certificaciones catastrales descriptivas y gráficas contienen, además de los datos básicos de carácter físico, jurídico y económico del bien inmueble a que se refieren, su representación gráfica. Éstas deberán solicitarse al Servicio de Catastro de la Diputación Foral de Álava.

Quién lo puede solicitar

Toda persona interesada y/o su representante legal.

Cuando las certificaciones catastrales tienen datos protegidos, esto es, los que hacen

referencia a la titularidad o al valor catastral, solamente podrán ser solicitados por los

titulares catastrales de cada inmueble. Además, podrán solicitarlas:

-  Quienes cuenten con el consentimiento expreso y por escrito de las personas  titulares   de cada inmueble.

-  Las personas herederas o sucesoras respecto a los bienes inmuebles del/de la causante o transmitente que figuren inscritos en el Catastro.

Documentación  a aportar

-      Para solicitar  el certificado de bienes catastrales  se deberá presentar:

-        Impreso de solicitud "0.01 Solicitud General"  cumplimentado,.

-        DNI o NIF original  y en vigor del / de la titular del bien o bienes.

-        Impreso"0.02 Escrito de Representación" , en caso de no tratarse del interesado/a. El/la representante deberá presentar original de su documento de identificación y original o copia del documento de identificación de la persona interesada.    

Dónde se tramita

- Presencialmente:

Oficinas del Ayuntamiento: Servicio de Atención Ciudadana:

Bº La Iglesia, nº. 3 - Respaldiza.

Horario: de lunes a viernes de 09:00h. a 14:00h.

Oficina de atención de Luiaondo:

C/ La Torre, nº.  27 Bajo - Luiaondo.

Horario: Lunes de 09:00h. a 12:00h.

              Miércoles, de 12:00h. a 15:00 h.

- Telemáticamente: Sede electrónica, mediante certificado digital.

Obligaciones económicas

-  En el caso de las certificaciones catastrales literales, es gratuito.

- En el caso de las certificaciones catastrales descriptivas y gráficas, se deberá     consultar la tasa establecida por la Diputación Foral de Álava.

Plazo del proceso o de la resolución

Plazo estimado: inmediato.

Plazo máximo legal: 6 meses.

Procedimiento a seguir después de la recepción

-            Recoger y comprobar la documentación aportada y, en caso de ser correcta,

        facilitar la información o certificado solicitado.

Resumen de trámites posteriores

-            Archivar.

Observaciones

Las certificaciones catastrales descriptivas y gráficas deberán solicitarse en el  Servicio de Tributos Locales y Catastro, del Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de la Diputación Foral de Álava (Plaza de la Provincia, s/nº, 010001 Vitoria-Gasteiz.)

Documentos auxiliares

-          "0.01 Solicitud General"

-          "0.02 Escrito de Representación"

Aprobación

-          Alcaldía.

Unidad Responsable

-          Secretaría

Vigencia

-          Hasta la modificación de la legislación aplicable.

Marco Legal

-          Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.

-          Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, que desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004.

-          Norma Foral 42/1989, de 19 de julio, del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

-           Decreto Foral 1080/1992, de 22 de diciembre, por el que se determinan los requisitos para fijación, revisión, modificación y actualización de valores catastrales de los bienes inmuebles de naturaleza urbana (BOTHA de 30 de diciembre de 1992 y 20 de enero de 1993).

-          Decreto Foral 1/1993, de 12 de enero, de Procedimiento de conservación del catastro inmobiliario (BOTHA de 5/2/1993).

-    Decreto Foral 2/1994, de 18 de enero completado por el Decreto Foral 21/1994, de 1 de marzo, de aprobación de las Normas Técnicas de valoración y el cuadro marco de valores del suelo y de las construcciones.

-          Decreto Foral 7/2008, de 5 de febrero, que modifica las normas que regularán el alta de las nuevas construcciones en el Catastro Inmobiliario a efectos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (BOTHA 13/02/2008).

Dirección
Barrio La Iglesia, nº 3
01476 · Respaldiza (Álava)
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Fax
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