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HACIENDA

2.01.- ALTA  Y LIQUIDACIÓN DEL  IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA  (IVTM).

CUESTIÓN

CONTENIDOS

Qué es

En qué consiste

Es un impuesto que grava la titularidad de los vehículos de tracción mecánica aptos para circular por las vías públicas, cualesquiera que sean su clase y categoría.

Se liquida el Impuesto sobre el vehículo que se adquiere por primera vez, abonándose el importe correspondiente previamente a la matriculación del mismo en la Jefatura Provincial de Tráfico, o bien en caso de alta para vehículos que se han encontrado en situación de baja temporal.

Quién lo puede solicitar

Toda persona interesada o el/la representante legal de quien vaya a ostentar la titularidad del vehículo.

Documentación a aportar

 Se deberá presentar:

-          DNI o NIF original  y en vigor del titular del vehículo.

-          Ficha técnica del vehículo.

-          Impreso "0.02 Escrito de Representación", en caso de no tratarse del interesado/a. El/la representante deberá presentar original de su documento de identificación y original o copia del documento de identificación de la persona interesada.         

Dónde se tramita

- Presencialmente:

Oficinas del Ayuntamiento: Servicio de Atención Ciudadana:

Bº La Iglesia, nº. 3 - Respaldiza.

Horario: de lunes a viernes de 09:00h. a 14:00h.

Oficina de atención de Luiaondo:

C/ La Torre, nº.  27 Bajo - Luiaondo.

Horario: Lunes de 09:00h. a 12:00h.

              Miércoles, de 12:00h. a 15:00 h.

- Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Obligaciones económicas

-        Ver tarifas según Ordenanza Fiscal: Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre los Vehículos de Tracción Mecánica de Ayala.

 

Plazo del proceso o de la resolución

-          Plazo estimado: Al momento.

-          Plazo máximo legal: a partir del devengo, 5 años de prescripción del ejercicio de la potestad de liquidación.

Procedimiento a seguir después de la recepción

-          Recepción y comprobación de la documentación aportada

-          Realizar la liquidación del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, mediante el programa informático.

-          Emitir la Carta de Pago y recibo  y proceder al cobro del importe correspondiente.

Resumen de trámites posteriores

-            Adjuntar la liquidación al expediente.

Observaciones

-          Deberá pagar el impuesto la persona o entidad titular del vehículo a 01 de enero de cada año. El año en que se adquiere un vehículo nuevo, se deberá pagar el impuesto antes de la matriculación del mismo. Las variaciones de titularidad o de domicilio que se producen durante el año no tienen efectividad hasta el año siguiente. Cuando se adquiere un vehículo usado, el recibo de ese año lo pagará la persona titular a 01 de enero de ese año.

-          El impuesto se abonará en el municipio del domicilio que consta en el Permiso de Circulación del vehículo.

-          Se podrá domiciliar el recibo del Impuesto sobre el  vehículo para años posteriores, cumplimentando el "2.01 Impreso de domiciliación bancaria". (Ver trámite: 2.12.- “Domiciliaciones: Altas, bajas y modificaciones”) .

-          En el caso de primera adquisición de vehículos, o en su caso la baja del mismo, el importe de la cuota se satisfará por días naturales, incluido el que corresponda a la fecha en la que se produzca el alta o baja.

-          Para consultar exenciones y bonificaciones en el Impuesto: Ver trámite: 2.03.-"Exenciones y  bonificaciones  en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)"

Documentos auxiliares

-         

-          "2.01 Impreso de domiciliación bancaria"

Aprobación

 

Unidad Responsable

-          Secretaría

Vigencia

-          Hasta la modificación de la correspondiente Ordenanza Fiscal.

Marco Legal

-        Norma Foral 6/2005 General Tributaria de Álava.

-        Norma foral 44/1989, de 19 de julio, del Impuesto sobre Vehículos de Tracción

     Mecánica.

-        Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre los Vehículos de Tracción Mecánica de Ayala.

-         

-        Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre los Vehículos de Tracción Mecánica de Ayala.

Dirección
Barrio La Iglesia, nº 3
01476 · Respaldiza (Álava)
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Fax
+34 945 39 93 31